Informe Evaluación Edificios

El informe de evaluación de edificios (IEE) será redactado por un técnico competente y debe incluir:

-Inspección técnica del edificio.

-Certificado de eficiencia energética del edificio.

-Evaluación de condiciones de accesibilidad.

-Estudio acústico (voluntario).

¿Quién está obligado a presentar el IEE?

Propietarios únicos de edificios, las comunidades de propietarios y las agrupaciones de comunidades de propietarios de:

1. Los edificios de tipología vivienda residencial colectiva con una antigüedad superior a 50 años desde la fecha de finalización de las obras de nueva planta o de rehabilitación con reestructuración general.

2. Los edificios cuyos titulares pretendan acogerse a ayudas públicas con el objetivo de acometer obras de conservación, accesibilidad universal o eficiencia energética.

3. El resto de supuestos cuando la normativa municipal establezca especialidades de aplicación del citado informe en función de su ubicación, antigüedad, protección, tipología y uso predominante, o cuando así lo determinen los Servicios Técnicos Municipales por haber detectado deficiencias en el estado de conservación de un edificio.